Defectos de construcción en viviendas

leftUna vez comprobada la existencia de los defectos o de los incumplimientos de contrato, aconsejamos tomar las siguientes medidas:

  • Primeramente ponernos en contacto, tanto verbalmente, como por escrito con el promotor, o el constructor ( si se ha tratado de una reforma de una vivienda ) indicándole pormenorizadamente las anomalías detectadas. Si no toma medidas para solucionar eficazmente la reclamación efectuada, pasaríamos a los siguientes pasos.
  • Es aconsejable contratar un aparejador o arquitecto para que nos realice un informe pericial de las anomalías detectadas, lo más minucioso posible.
  • Una vez realizado éste informe, se enviará por burofax al promotor, si este no adopta ninguna medida, o éstas son insuficientes o se trata de meros parches, y vemos constatada la voluntad clara del constructor o promotor de no realizar ninguna intervención, ( el transcurso de dos meses desde la inicial reclamación sin resultado, es equivalente a considerar constatada dicha actitud).
  • En el informe pericial han de constar las causas posibles, su fecha aproximada de aparición, su solución, una estimación económica de la misma y si es posible, una atribución de responsabilidades.
  • Si se tratara de defectos de construcción referidos a posibles déficit de insonorización de las viviendas, se precisaría contratar una medición de dichos índices de aislamiento, conseguidos en la edificación, tanto a ruido aéreo, como a ruido de impacto. Una vez obtenido el informe se aconseja su consulta a un abogado para que valore el encaje legal de los resultados.
  • Enviaremos dicho informe, junto con el del aparejador o arquitecto antes citado, a través de un requerimiento fehacientemente notificado, firmado por abogado , en el cual se le conmina a tomar soluciones que atajen los defectos, bajo apercibimiento de acciones legales.

Si pasado el plazo establecido, no se ha establecido ninguna voluntad de acuerdo para una solución amistosa, sólo queda la vía judicial ante la jurisdicción civil.